Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 2
Los órganos competentes para la implementación del proyecto son: a)
la Comisión de Coordinación Interministerial y b) el Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca, a través de la Unidad Ejecutora del
Proyecto, que será creada a esos efectos.