INCREMENTO DE CREDITO EN EL PLANILLADO ANEXO A LA LEY DE PRESUPUESTO Nº 17.296. TRIBUNAL DE CUENTAS




Promulgación: 02/08/2001
Publicación: 08/08/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 243
VISTO: la gestión iniciada por el Tribunal de Cuentas de la República 
solicitando efectuar las correcciones de los errores y omisiones que se 
comprobaron en la Ley de Presupuesto Nº 17.296, de 21 de febrero de 
2001.-

RESULTANDO: I) que el artículo 470º de la Ley Nº 17.296 citada, asigna al 
Tribunal de Cuentas, con cargo al Grupo 0 "Servicios Personales", Objeto 
del Gasto 042.014 "Permanencia a la Orden", una partida complementaria de 
$ 2:500.000,oo (pesos uruguayos dos millones quinientos mil) para el 
Ejercicio 2001 y de $ 5:000.000,oo (pesos uruguayos cinco millones) para 
el resto de los ejercicios.-

II) que se constató que en el Inciso 17 "Tribunal de Cuentas" se omitió 
registrar el crédito correspondiente a los Objetos 059 "Sueldo Anual 
Complementario", 081 "Aporte Patronal Sistema Seguridad Social 
s/Retribuciones" y 082 "Otros Aportes Patronales s/Retribuciones", que 
incrementan el costo de la partida asignada en el artículo 470º.-

III) que asimismo la mencionada partida tiene costo de arrastre de un 50% 
sobre todas las retribuciones permanentes, según lo dispuesto en el 
artículo 510º de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero de 1996, habiéndose 
omitido su registración en el Objeto 048.010 "Aumento 30/50% T. Ctas. 
Esc. A al D y F, Ley Nº 16.462, artículo 158º".-

CONSIDERANDO: que es necesario efectuar las correcciones de los referidos 
errores y omisiones.-

ATENTO: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la 
Contaduría General de la Nación y a lo dispuesto por el artículo 5º de la 
Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Increméntase, en el planillado anexo a la Ley de Presupuesto Nº 17.296, 
de 21 de febrero de 2001, el crédito asignado para los años 2001 a 2004 
en el Inciso 17 "Tribunal de Cuentas", Programa 001 "Contralor Económico 
Financiero de los Organismos del Sector Público", Unidad Ejecutora 001 
"Tribunal de Cuentas", Financiación 1.1, en los siguientes Objetos y por 
los importes que se indican:

OBJETO          2001             2002           2003            2004
048.010     1:250.000,oo     2:500.000,oo    2:500.000,oo    2:500.000,oo
059           312.500,oo       625.000,oo      625.000,oo      625.000,oo
081           792.188,oo     1:584.376,oo    1:584.376,oo    1:584.376,oo
082            40.625,oo        81.250,oo       81.250,oo       81.250,oo

BATLLE - ALBERTO BENSION


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