REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS INSTITUCIONES DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA EN SU SEDE PRINCIPAL




Promulgación: 23/06/1987
Publicación: 10/07/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1987
  •    Página: 794

Artículo 2

  La estructura y funcionamiento de la Institución, asegurará la cobertura
en atención médica, en tiempo y forma según las normas establecidas por el
decreto 103/986, de 13 de febrero de 1986.  (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5.
Referencias al artículo
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