REGLAMENTACION DE LA LEY 17.060, RELATIVA A NORMAS DE CONDUCTA EN LA FUNCION PUBLICA




Promulgación: 23/01/2003
Publicación: 28/01/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 173
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 17.060 de 23/12/1998,
      Código Penal de 04/12/1933 artículos 68, 84, 156, 157, 158, 158 - 
BIS, 159, 160, 161, 162, 163, 175, 177 y 179.
Referencias a toda la norma

TITULO I - NORMAS DE CONDUCTA EN LA FUNCION PUBLICA
CAPITULO 1 - ALCANCE E INTERPRETACION

Artículo 3

 (Ambito orgánico de aplicación). Las presentes Normas de Conducta son 
aplicables a los funcionarios públicos de (art. 1º de la ley 17.060):

A)  Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial.
B)  Tribunal de Cuentas.
C)  Corte Electoral.
D)  Tribunal de lo Contencioso Administrativo.
E)  Gobiernos Departamentales.
F)  Entes Autónomos y Servicios Descentralizados.
G)  En general, todos los organismos, servicios o entidades estatales, 
    así como las personas públicas no estatales.
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