REGLAMENTACION DEL ART. 31 DE LA LEY 19.315, RELATIVO A LOS COMETIDOS DE LA DIRECCION NACIONAL DE IDENTIFICACION CIVIL




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 04/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 31.

CAPITULO I: DEPENDENCIAS Y COMETIDOS ESPECÍFICOS DE LA
                DIRECCIÓN NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN CIVIL
SECCIÓN XVIII: OFICINA DE INSTRUCCIONES SUMARIALES

Artículo 53

   Cometido específico: centralizar la actividad administrativa de todos los procedimientos disciplinarios instruidos en el marco de esta Dirección Nacional conforme a la normativa legal vigente.
   Sustanciará los procedimientos disciplinarios asignados por la Superioridad conforme a la normativa legal vigente.
   Estará a cargo de un Jefe, que ostentará título de Abogado, y dependerá jerárquicamente del Comando de la Dirección Nacional.
   Mantendrá las comunicaciones requeridas con el Registro del Área de Gestión y Desarrollo Humano del Ministerio del Interior.
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