De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la ley 14.219,
según redacción dada por el artículo 1º de la ley 15.154, la determinación
de los alquileres que se actualizan en el mes de julio de 1984 se
efectuará multiplicando el último alquiler por el coeficiente 1.277 (uno
con doscientos setenta y siete milésimas).