APROBACION DEL REGLAMENTO PARA USO DE LOS PANTEONES, NICHOS Y URNARIOS DE LAS UNIDADES Y REPARTICIONES MILITARES DEL INTERIOR DEL PAIS Y DEROGACION DEL DECRETO 317/979




Promulgación: 14/10/2014
Publicación: 21/10/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 742
VISTO: la necesidad de reglamentar el uso de los panteones, nichos y
urnarios de las Unidades y Reparticiones militares del Interior del País.

RESULTANDO: que los panteones militares administrados por dichas Unidades
y Reparticiones se regulan hasta el presente por distintas
reglamentaciones.

CONSIDERANDO: que es necesario reglamentar en forma única y con carácter
general el derecho de uso, la administración y los demás aspectos
relativos a los bienes funerarios de referencia.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo
1ro. del Decreto-Ley 15.569 de 1ro. de junio de 1984 en la redacción dada
por el artículo 116 de la Ley 16.320 de 1ro. de noviembre de 1992, por el
artículo 40 de la Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, por el artículo
1ro. de la Ley 17.036 de 20 de noviembre de 1998, por el artículo 107 de
la Ley 17.556 de 18 de setiembre de 2002, por los artículos 124 y 125 de
la Ley 18.172 de 31 de agosto de 2007, por la Ley 18.246 de 27 de
diciembre de 2007 y por el Decreto 326/984 de 14 de agosto de 1984 en la
redacción dada por el Decreto 316/002 de 20 de agosto de 2002.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Aprobar el Reglamento para uso de los panteones, nichos y urnarios de las
Unidades y Reparticiones militares del Interior del País, el que quedará
redactado de la siguiente manera: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

JOSÉ MUJICA - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO
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