MODIFICACION DEL REGLAMENTO DEL SERVICIO DE RADIOBUSQUEDA DE PERSONAS




Promulgación: 21/09/1999
Publicación: 30/09/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 727

Artículo 2

 Facúltase a la Dirección Nacional de Comunicaciones a introducir
modificaciones en las condiciones técnicas fundadas en el desarrollo
tecnológico y del propio servicio de radiocomunicaciones.-
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