Derogada/o por: Decreto Nº 368/976 de 24/06/1976 artículo 21.
Visto: el decreto 204/975 del 13 de marzo de 1975.
Considerando: que es conveniente mantener el porcentaje de aplicación de
los impuestos que gravan los combustibles.
El Presidente de la República
DECRETA: