APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE CASINOS. EJERCICIO 2007




Promulgación: 16/06/2008
Publicación: 25/06/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 1347
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - PROGRAMA I: EXPLOTACION DIRECTA DE JUEGOS DE AZAR DE
CASINOS Y SALAS DE ESPARCIMIENTO

Artículo 16

 Autorízase a la Dirección General de Casinos a abonar semestralmente a
funcionarios, becarios y pasantes la partida de $ 11.089 (pesos uruguayos
once mil ochenta y nueve) para sufragar los gastos de indumentaria
exigidos por el Organismo.

Dichos montos se abonarán, uno durante la temporada invernal y el restante
en la estival.

Las citadas partidas se ajustarán en función de la variación del IPC al
momento de la liquidación respectiva, estando expresado dicho monto a
precios de 1º de enero de 2006. A partir de la aprobación del presente
decreto la misma se ajustará en las mismas oportunidades y en iguales
porcentajes que los incrementos salariales decretados por el Poder
Ejecutivo, en el Sector Público.

La partida prevista en el presente artículo no se incluirá para el cálculo
de ningún otro beneficio, salvo el aguinaldo.

No tendrán derecho a la percepción de la citada partida los funcionarios
que ocupen los cargos de Gerente General, Gerentes de Area, Sub - Gerentes
de Area de los Escalafones A y C y los funcionarios que perciban la
partida prevista en el artículo 12 del presente Decreto.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 36.
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