DECLARACION DE FERIADO NACIONAL




Promulgación: 04/10/2000
Publicación: 11/10/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2000
  •    Página: 649
VISTO: lo dispuesto por Artículo 1º de la Ley Nº 17.262 de fecha 20 de
setiembre de 2000;

RESULTANDO: Que el Poder Ejecutivo le ha dado especial trascendencia a la
fecha del 23 de setiembre de 2000 en la que se conmemoró el 150
aniversario del fallecimiento del Gral. José Gervasio Artigas;

CONSIDERANDO: I) Que la Ley Nº 17.262 de fecha 20 de setiembre de 2000 le
atribuye al día que se señala para dicha conmemoración el carácter de
feriado no laborable;

II) Que en consecuencia corresponde remunerar a todo trabajador como si
trabajara y en caso de trabajar, doble paga, por aplicación del régimen
de feriados pagos establecido por el artículo 18 de la Ley Nº 12.590 de
23 de diciembre de 1958;

ATENTO: A lo expuesto precedentemente;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 El feriado no laborable del 23 de setiembre de 2000, da lugar al pago de
la remuneración a todo trabajador como si hubiera trabajado, y en caso de
haberlo hecho, a doble paga.

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc.

BATLLE - ALVARO ALONSO - GUILLERMO STIRLING - DIDIER OPERTTI - ALBERTO
BENSION - LUIS BREZZO - JOSE CARLOS CARDOSO - LUCIO CACERES - SERGIO ABREU
- HORACIO FERNANDEZ - GONZALO GONZALEZ - ALFONSO VARELA - CARLOS CAT -
JAIME TROBO
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