Derogada/o por: Decreto Nº 22/976de 15/01/1976 artículo 29.
Concédese una deducción complementaria del Impuesto al Patrimonio, a los titulares de empresas industriales manufactureras y extractivas radicadas fuera del Departamento de Montevideo, la cual estará supeditada a que la industria interesada obtenga del Ministerio de Industria y Comercio una declaración de que su actividad reviste interés nacional de acuerdo a las políticas, metas y programas trazados en el Plan Nacional de Desarrollo.
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