APROBACION DE LA REFORMULACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA Y LOS NUEVOS PUESTOS DE TRABAJO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA




Promulgación: 09/09/2013
Publicación: 08/11/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 741
Referencias a toda la norma
VISTO: Lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 17.930 en la redacción
dada por el artículo 7 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010, y
el artículo 62 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010.

RESULTANDO: I) que la primera de las mencionadas normas faculta al Poder
Ejecutivo a aprobar las reestructuras organizativas y de puestos de
trabajo, previo dictamen favorable de la Oficina Nacional del Servicio
Civil, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Contaduría
General de la Nación, en el ámbito de sus respectivas competencias.

II) que el Decreto 94/013 de 18 de marzo de 2013 estableció los principios
rectores y las directrices técnicas para la reformulación de las
estructuras organizativas y de puestos de trabajos de los Incisos.

III) que las Unidades Ejecutoras del Inciso 02 de Presidencia de la
República, 001 "Presidencia de la República y Unidades Dependientes", 004
"Oficina de Planeamiento y Presupuesto", 006 "Unidad Reguladora de los
Servicios de Energía y Agua", 007 "Instituto Nacional de Estadística", 008
"Oficina Nacional del Servicio Civil", 009 "Unidad Reguladora de Servicios
de Comunicaciones", 010 "Agencia para el Desarrollo del Gobierno de
Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento";
presentan sus respectivas nuevas estructuras organizativas y de los nuevos
puestos de trabajo.

CONSIDERANDO: I) que las estructuras organizativas que se presentan se
ajustan a los principios rectores y las directrices técnicas mencionadas
previamente;

II) que se prevé la creación de cargos en el último nivel de cada
escalafón, con cuyos créditos habilitados podrán financiarse los contratos
amparados por el artículo 50 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de
2010 y modificativos, en número suficiente para ejercer la facultad
prevista en el artículo 5 de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de 2012.

III) que los nuevos puestos de trabajo propuestos permitirán, en el
futuro, el ajuste a los requerimientos de las estructuras organizativas.

IV) que se cuenta con el dictamen previo y favorable de la Oficina
Nacional del Servicio Civil, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y
de la Contaduría General de la Nación, en el ámbito de sus respectivas
competencias.

ATENTO: a lo dispuesto anteriormente y al artículo 6 de la Ley N° 17.930
de 19 de diciembre de 2005, en la redacción dada por el artículo 7 de la
Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, al artículo 56 de la Ley N°
18.719, y a los artículos 7 y 9 de la Ley N° 18.834, de 4 de noviembre de
2011 y a los artículos 5 y 20 de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de
2012:

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Apruébese el proyecto de reformulación de las estructuras organizativas y
los nuevos puestos de trabajo de las Unidades Ejecutoras 001 "Presidencia
de la República y Unidades Dependientes", 004 "Oficina de Planeamiento y
Presupuesto", 006 "Unidad Reguladora de los Servicios de Energía y Agua",
007 "Instituto Nacional de Estadística", 008 "Oficina Nacional del
Servicio Civil", 009 "Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones",
010 "Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la
Sociedad de la Información y del Conocimiento", del Inciso 02 "Presidencia
de la República", que se incluye en los Anexos I, II y III, los que se
consideran parte integrante de este Decreto  , sin perjuicio de las actuales estructuras de puestos de trabajo.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 285/013 de 
09/09/2013.
Ver: Decreto Nº 52/020 de 14/02/2020 artículos 1 (modifica Capítulo III de 
Anexos I y II ), 2 (modifica descripciones de Unidades Organizativas 
"Gestión Humana" y "Servicio de Prevención y Salud en el Trabajo") y 3 
(sustituye el Organigrama),
      Decreto Nº 263/019 de 09/09/2019 artículo 2 (deroga lo relativo a la 
estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 004 Oficina de Planeamiento 
y Presupuesto),
      Decreto Nº 430/016 de 09/12/2016 artículo 1 (modifica Anexo III),
      Decreto Nº 119/014 de 02/05/2014 artículo 1 (modifica Anexo III),
      Decreto Nº 61/014 de 14/03/2014 artículos 2 (modifica Anexos I y 
II), 3 (modifica descripción de unidades organizativas) y 4 (modifica 
Anexos I y II capítulo III).

JOSÉ MUJICA - FERNANDO LORENZO
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