VISTO: El Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay correspondiente al
ejercicio 2000.
CONSIDERANDO: Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, ha emitido su
informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen,
ATENTO: A lo establecido por el artículo 221 de la Constitución de la
República;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA
Artículo 1
Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay, a regir desde el 1º de
enero de 2000 de acuerdo con los montos que se detallan a continuación:
I - RECURSOS. 3.795.226.000
1.1. INGRESOS PROPIOS. 3.733.461.000
1. Intereses y Comisiones. 1.216.318.000
- Préstamos Unifamiliares. 719.265.000
- Sistema Público. 253.525.000
- Promotores Privados. 82.056.000
- Sociedades Cooperativas y otras. 161.472.000
2. Reajustes. 1.706.768.000
- Préstamos Unifamiliares. 707.569.000
- Sistema Público. 734.544.000
- Promotores Privados. 95.261.000
- Sociedades Cooperativas y otras. 169.394.000
3. Otros Ingresos 810.375.000
- Ingresos Operativos 36.407.000
- Otros Ingresos 507.616.000
- Intereses de Mora 266.352.000
1.2. INGRESOS DE TERCEROS. 61.765.000
II - PRESUPUESTO OPERATIVO. 6.351.146.861
Rubro Denominación $ $
0 RETRIBUCION SERVS. PERSONALES. 535.922.968
011.1 Sueldos básicos cargos presupuest. 365.914.220
011.2 Dif. p/subrogac. cargos presupuest. 729.448
019 Sueldo anual compl. presup. y cont. 37.919.032
019.1 Aporte pers./sdo. anual complement. 12.325.536
021 Sueldos básicos personal contrat. 20.259.400
050 Honorarios. 11.584.520
061.1 Horas extras. 21.070.572
061.2 Prima a la eficiencia. 9.702.568
061.3 Por cambio de residencia habitual. 279.130
061.4 Trabajo nocturno. 1.345.526
061.5 Redist. funcionarios permanentes. 35.784
061.6 Prima a la Antigüedad. 19.981.752
062 Gastos de representación. 546.852
073 Suplencias en general. 636.596
075 Prima por Alimentación. 1.322.088
077 Quebranto de caja. 19.065.460
079.1 Por tareas especializadas. 13.204.484
092 Retribución aplicación Ley 15.783. 0
1 CARGAS LEGALES S/SERVS. PERSONALES. 145.194.970
111 Aporte patronal sist. seg. social. 134.702.655
123 Aporte patronal al F.N.V. 5.098.780
131 Impuesto sobre retribuciones. 5.393.535
2 MATERIALES Y SUMINISTROS. 39.905.000
3 SERVICIOS NO PERSONALES. 205.571.000
5 TIERRAS, EDIF. Y OTROS
ACTIVOS PREEX. 160.937.000
6 CONSTRUCCIONES, MEJ. Y
REP. EXTRAORDINARIAS. 817.852.000
7 SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS. 287.044.358
742 Transf. Cons. de Educación Primaria. 1.534.356
745 Transf. deportivas, culturales, etc. 1.250.580
749 Ot. trasnf. a inst. s/fines de lucro 1.254.276
751 Prima por matrimonio. 67.884
752 Hogar constituído. 3.909.624
753 Prima por nacimiento. 67.884
754 Prestación por hijo. 163.788
759 Otras. 630.961
759.1 Transf. Secretaría de Directores. 1.367.340
773 Becas. 0
774 Subsidios Plan Nac. de Viviendas. 15.616.000
778 Contribuc. por Asistencia Médica 50.979.981
791 Tributos nacionales 198.087.084
792 Tributos municipales. 12.114.600
8 SERVICIO DE DEUDA Y ANTICIPO. 4.033.265.000
9 ASIGNACIONES GLOBALES. 125.454.565
III - PRESUPUESTO DE INVERSIONES. 126.227.281
Rubro Denominación $
4 MAQUINARIA, EQUIPO Y MOB. NUEVOS. 41.374.700
5 TIERRAS, EDIFICIOS Y OTROS ACT. PREEX. 848.881
6 CONSTRUC., MEJORAS Y REP. EXTRAORD. 84.003.700
La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en
moneda extranjera, se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte
de este decreto.
Los Rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales
sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo
relativo a beneficios sociales, incluyen el incremento salarial otorgado
con vigencia al 1º de enero de 1999.
Las normas presupuestales, planillas y estados que se acompañan se
consideran parte integrante de este Decreto.