APROBACION DEL "REGLAMENTO DE LA DIRECCION NACIONAL DE AVIACION DE LA POLICIA NACIONAL" (D.N.A.P.N.), Y DEROGACION DEL DECRETO 3/020




Promulgación: 27/08/2021
Publicación: 03/09/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 178.
   VISTO: el artículo 178 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, que crea la Dirección Nacional de Aviación de la Policía Nacional (D.N.A.P.N.);

   RESULTANDO: que el artículo 24 de la Ley N° 19.315, de 18 de febrero de 2015 (Ley Orgánica Policial), establece en el literal J) que dicha Dirección Nacional dependerá de la Dirección de la Policía Nacional;

   CONSIDERANDO: I) que dicha Dirección se ha consolidado como una unidad operativa y especializada, aumentando en forma exponencial la cantidad de operativos asumidos;

   II) que corresponde dotarla de una estructura orgánica con definición de los Departamentos y Secciones que la integran; determinar los requisitos necesarios para el personal especializado que allí revista y establecer las coordinaciones que debe realizar con las Autoridades Aeronáuticas Nacionales e Internacionales;

   ATENTO: a lo dispuesto por el Artículo 168 numeral 4° de la Constitución de la República;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el "Reglamento de la Dirección Nacional de Aviación de la Policía Nacional" (D.N.A.P.N.), (*) que luce agregado en el Anexo y que se considerará parte integrante del presente Decreto.

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 2

   Derógase el Decreto N° 3/020, de 13 de enero de 2020.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

   LACALLE POU LUIS - LUIS ALBERTO HEBER
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