El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 20.075 de 20/10/2022 artículo 60.
CAPÍTULO II - GESTIÓN DEL DOCUMENTO DIGITAL
Artículo 7
(Obligación de definir metadatos). Las entidades deberán establecer los elementos necesarios para contextualizar los documentos en su ciclo de vida, debiendo definir el esquema de metadatos que proporcionen los vínculos entre éstos y su contexto de creación, diseño y mantenimiento, con la finalidad de mantener su valor probatorio.
Los documentos digitales deberán contar con los metadatos de identidad, de descripción, de uso, plan de eventos, historial de eventos y de relación.
Los esquemas de metadatos se generarán en formato abierto, estándar y libre.
Los metadatos se regirán por lo dispuesto en la Ley N° 18.381, de 17 de octubre de 2008.