DEROGACION DEL DECRETO 171/978 RELATIVO A LA REGLAMENTACION DE LA LEY ORGANICA MILITAR, DE SERVICIOS POLICIALES Y CIVILES PRESTADOS EN LA ADMINISTRACION PUBLICA
Visto: Lo dispuesto en los artículos 197 y 199 de la ley 14.157, de 21
de febrero de 1974.
Considerando: que ambas normas refieren a la computabilidad de
servicios prestados por militares, lo cuál está expresa y claramente
establecido no sólo en las aludidas disposiciones legales, sino también en
el ordenamiento del derecho positivo contenido en las Leyes Orgánicas de
las respectivas Armas y en los principios recibidos de la seguridad
social, en particular el de la igualdad para su tratamiento y
reconocimiento, tanto anteriores como posteriores al pase a retiro, lo que
hace innecesario mantener la vigencia del decreto 171/978, de fecha 4 de
abril de 1978.
Atento: a lo informado por el Servicio de Retiros y Pensiones Militares
y a lo dictaminado por la Aresoría Letrada del Ministerio de Defensa
Nacional,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Derógase el decreto 171/978, de fecha 4 de abril de 1978.