INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA. INTEGRACION DE JUNTA CONSULTIVA Y ASESORA




Promulgación: 08/06/2009
Publicación: 17/06/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1415
VISTO: la promulgación de la Ley Nº 18.462, de 8 de enero de 2009;

RESULTANDO: I) la mencionada norma, entre otras disposiciones modifica el
régimen de dirección del Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI),
así como su funcionamiento;

II) el artículo 8º de la mencionada norma, crea una Junta Consultiva y
Asesora del Directorio del Instituto Nacional de Vitivinicultura;

CONSIDERANDO: que corresponde reglamentar la forma de designación de los
distintos representantes de dicha Junta Consultiva y Asesora;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 La Junta Consultiva y Asesora del Directorio del Instituto Nacional de
Vitivinicultura creada por el Art. 8º de la Ley Nº 18.462 de 8 de enero de
2009 se integrará de la siguiente manera:
A)  Dos delegados de cada asociación gremial de primer grado del orden
    vitícola y dos del orden bodeguero.
    Estos delegados deben surgir de gremiales que cuenten por lo menos
    con dos años de antigüedad;
B)  Dos delegados de la Asociación de Enólogos del Uruguay;
C)  Dos representantes de la Universidad de la República;
D)  Un representante del Instituto Nacional de Investigación
    Agropecuaria;
E)  Un representante de la Dirección General de la Granja (DIGEGRA);
F)  Un representante de la Escuela de Enología del Uruguay.

(*)Notas:
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.462 de 08/01/2009 artículo 8.
Ver en esta norma, artículo: 2.

TABARE VAZQUEZ - ERNESTO AGAZZI - MARIA SIMON
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