VISTO: la forma de regular el Arancel Consular de conformidad con lo
establecido en el artículo 233 y siguientes de la Ley N° 16.170, de 28 de
diciembre de 1990, reglamentado por el Decreto n° 336/991 y sus
modificativos;
CONSIDERANDO: que razones de práctica consular conducen a la necesidad de
sustituir el numeral 50 del artículo 1° del Decreto Reglamentario;
ATENTO: a lo dispuesto en las normas señaladas en el Visto del presente
Decreto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 336/991 de 28/06/1991
artículo 1 literal H), numeral 50).