ADMINISTRACION DE LAS OBRAS SANITARIAS DEL ESTADO. CURSOS DE AGUA. CONTRALOR




Promulgación: 22/06/1965
Publicación: 07/07/1965

Resumen:

Establécese que la Administración de las Obras Sanitarias del Estado 
(OSE) ejercerá el contralor higiénico de todos los cursos de agua, de 
uso público o del dominio privado, que utilice directa o indirectamente
para la prestación de sus servicios. Regúlase la utilización o aprovechamiento de los cursos de agua de uso público por parte de particulares.


		
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