Asignación Familiar.- Todos los funcionarios cuyas remuneraciones sean
atendidas por Rubro del Presupuesto tendrán derecho al beneficio de
Asignaciones Familiares percibiendo N$ 6.00 mensuales por hijo de edad
preescolar (hasta 6 años), N$ 7.00 mensuales por hijo a partir de su
ingreso a la escuela primaria; N$ 8.00 mensuales por hijo a partir de su
ingreso a enseñanza secundaria, o en la Universidad del Trabajo del
Uruguay, por beneficiario.
Las Asignaciones Familiares no sufrirán descuento alguno y serán pagadas a los funcionarios conjuntamente con sus remuneraciones mensuales.
La percepción del beneficio estará sujeta a todas las disposiciones
contenidas en la ley 12.801, de fecha 30 de noviembre de 1960 y sus
modificativas.