Reglamentario/a de: Ley Nº 19.149 de 24/10/2013 artículo 75.
(Protección de los datos personales conforme a la Ley N° 18.331): Las empresas de telecomunicaciones deberán adoptar las medidas técnicas y de gestión adecuadas para preservar la seguridad de los datos personales de los clientes.