Deberán constituir Comisión de Bioética:
a) Los servicios de salud públicos y privados que integran el Sistema
Nacional Integrado de Salud.
b) Los servicios de salud dependientes de personas jurídicas públicas que
no integren el Sistema Nacional Integrado de Salud.
c) Las Instituciones de Asistencia Médica Privada Particular no
comprendidas en el literal a) que brinden internación médico
quirúrgica.
d) Los servicios de emergencia móvil.
e) Los Institutos de Medicina Altamente Especializada no incluidos en los
literales anteriores. (*)