Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: que la Administración Nacional de Telecomunicaciones, eleva los nuevos valores de las Tasas y Tarifas de los servicios que presta los cuales entrarán a regir a partir de la hora cero del día 1° de enero de 1990.
Considerando: que el ajuste propuesto ha sido aprobado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
Atento: a lo dispuesto por el artículo 12 del decreto ley 14.235 del 25 de julio de 1974.
El Presidente de la República,
DECRETA:
Apruébanse las siguientes Tasas y Tarifas de los servicios que presta la Administracion Nacional de Telecomunicaciones, que tendrán vigencia a partir del 1° de enero de 1990. (*)