(Derogaciones). Deróganse los Decretos No. 65/2000 de 18 de febrero de
2000, No. 490/2008 de 15 de octubre de 2008 y 89/2009 de 16 de febrero de
2009, Resolución Interministerial del 17/12/2008 y resolución sin número
del Ministerio de Industria, Energía y Minería publicada en el Diario
Oficial del 30/12/2008 y toda otra disposición que parcial o totalmente se
oponga a lo dispuesto en el presente Decreto a partir de la entrada en
vigencia del mismo.