FIJACION DE RENDIMIENTOS PORCENTUALES DE LA UVA EN VINO, ORUJOS Y BORRAS. INDUSTRIA VITIVINICOLA. COSECHA 1995




Promulgación: 21/07/1995
Publicación: 07/08/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 7

    Autorízase como tope máximo de encabezamiento con alcohol para vinos
comunes el siguiente: vinos tintos, blancos, claretes y rosados 10,5% de
alcohol en volumen.
 Exceptuánse de este límite, los vinos destinados a la exportación o los
que el Instituto Nacional de Vitivinicultura, por razones técnicas
fundadas, estime conveniente.
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