REGLAMENTACION DE LA LEY 19.253 RELATIVA A LA REGULACION DE LA ACTIVIDAD TURISTICA (ALOJAMIENTOS TURISTICOS)




Promulgación: 05/10/2015
Publicación: 09/10/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.253 de 28/08/2014.
Referencias a toda la norma

Artículo 9

   Las empresas de alojamiento turístico que se hallaren en actividad y debidamente inscriptas a la fecha de entrada en vigencia de la presente norma, dispondrán de un plazo de 120 días para adecuarse, en lo que corresponda, a las prescripciones de la misma. Vencido dicho plazo el Ministerio de Turismo podrá suspender los derechos que le confiere la inscripción.
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