REGLAMENTACION DE LA LEY 19.253 RELATIVA A LA REGULACION DE LA ACTIVIDAD TURISTICA (ARRENDADORAS DE VEHICULOS SIN CHOFER)




Promulgación: 05/10/2015
Publicación: 09/10/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.253 de 28/08/2014.
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   A efectos de desarrollar actividades reguladas por la presente reglamentación, las personas físicas y jurídicas deberán, previamente, inscribirse en el Ministerio de Turismo. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 88/017 de 27/03/2017 artículo 2.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 266/015 de 05/10/2015 artículo 6.
Ayuda