DEROGACION DE LA NORMATIVA DE ESPACIOS VACIOS EN ENVASES OPACOS RIGIDOS DE PRODUCTOS PREMEDIDOS EN EL MERCOSUR




Promulgación: 01/09/2010
Publicación: 09/09/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 719
Referencias a toda la norma
VISTO: la propuesta del Consejo del Mercado Común expresada en la
Resolución MERCOSUR/GMC/RES N° 31/09 determinando la derogación de la
resolución GMC N° 93/94 sobre "Espacios vacíos en envases opacos rígidos";

CONSIDERANDO: I) que la resolución GMC 93/94 fue incorporada a nuestro
derecho mediante Decreto N° 403/996 de 16 de octubre de 1996;

II) que la aplicación de la norma referida a "Espacios vacíos en envases
opacos rígidos" ha determinado un número excesivo de excepciones;

III) que el comité técnico de MERCOSUR entiende que la derogación supone
eliminar restricciones técnicas que obstaculizan la libre circulación de
productos premedidos entre los Estados Parte del tratado;

IV) que es necesario proceder de acuerdo al compromiso asumido por la
República en el Protocolo mencionado poniendo en vigencia en el derecho
positivo nacional las normas emanadas del Grupo Mercado Común referidas en
él;

V) lo dispuesto por los artículos 10, 11 y 12 del Decreto Ley N° 15.298 de
7 de julio de 1982 y artículo 190 de la Ley N° 18.172 de 31 de agosto de
2007;

ATENTO: a lo informado por el Laboratorio Tecnológico del Uruguay y a lo
dictaminado por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía
y Minería;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 De conformidad con la Resolución MERCOSUR N° 31/09 derógase el Decreto N°
403/996 de 16 de octubre de 1996 sobre "Espacio vacío en envases opacos
rígidos".

Artículo 2

 Comuníquese y publíquese.

JOSE MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN - LUIS ALMAGRO
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