Visto: la gestión de la Administración Municipal de Tacuarembó por la
cual propone al Poder Ejecutivo una modificación presupuestal para el
ejercicio 1980.
Resultando: que estas ampliaciones presupuestales cuentan con la
aprobación de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión y el
acuerdo del Tribunal de Cuentas de la República de 13 de marzo de 1981.
Considerando: que de no recaudarse los recursos previstos deberán
abatirse gastos a los efectos de mantener el equilibrio presupuestal.
Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación
y Difusión, y a lo acordado por el Tribunal de Cuentas,
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébase la modificación presupuestal para el ejercicio 1980 propuesta
por la Administración Municipal de Tacuarembó, según lo dispuesto en los
artículos 2º (Parte dispositiva) y 3º (Ordenanza de Recursos) del presente
decreto.
En caso de no recaudarse la totalidad de los recursos previstos deberán
abatirse gastos en forma proporcionada a efectos de mantener el equilibrio
presupuestal.