MODIFICACION DE COMPETENCIAS AL REGISTRO PUBLICO Y GENERAL DE COMERCIO




Promulgación: 18/01/1995
Publicación: 25/01/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1995
  •    Página: 51

Artículo 3

    Cuando se presenten a inscribir actos modificativos o extintivos de
otros todavía en poder de los Juzgados respectivos, deberá adjuntarse al
documento que se pretenda inscribir, testimonios de las inscripciones
anteriores, expedido conforme al artículo 105.2 del Código General del
Proceso. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5.
Ayuda