FIJACION DE TARIFAS DE TRANSPORTE TERRESTRE. JUNIO 1989




Promulgación: 31/05/1989
Publicación: 11/09/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 5

   Fíjanse en N$ 6,50 (nuevos pesos seis con cincuenta centésimos) el valor del pasajero/kilómetro para el pago de las órdenes de transporte que emite el Ministerio de Transporte y Obras Públicas con cargo al artículo 366 de la ley 15.809. El referido valor tendrá vigencia para las órdenes que se canjeen por boletos abono a partir de julio de 1989.
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