FIJACION DE LAS REMUNERACION ANUAL PARA LAS INSTALACIONES DE LOS SISTEMAS DE TRASMISION, SUBTRASMISION Y DE DISTRIBUCION DE ENERGIA ELECTRICA Y LOS CARGOS POR EL USO DEL SISTEMA. AÑO 2021




Promulgación: 06/08/2021
Publicación: 12/08/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma
   VISTO: la necesidad de actualizar las remuneraciones reconocidas anuales para las instalaciones de los Sistemas de Trasmisión, de Subtrasmisión y de Distribución de 22 kV, 15 kV y 6,4 kV de energía eléctrica, y los cargos por el uso de dichos sistemas;

   RESULTANDO: I) que por los Decretos Nos. 65/019 y 66/019, ambos de 25 de febrero de 2019, se establecieron respectivamente la remuneración reconocida anual para las instalaciones del Sistema de Trasmisión y del Sistema de Subtrasmisión de energía eléctrica correspondiente al año 2018 y su modalidad de ajuste;

   II) que el Decreto N° 277/015, de 13 de octubre de 2015, estableció la metodología de cálculo de los cargos por el uso de los Sistemas de Trasmisión y de Subtrasmisión de energía eléctrica;

   III) que el Decreto N° 380/019, de 9 de diciembre de 2019, estableció la remuneración reconocida anual para las instalaciones del Sistema de Distribución de 22 kV, 15 kV y 6,4 kV de energía eléctrica correspondiente al año 2019 y su modalidad de ajuste;

   IV) que el Decreto N° 379/019, de 9 de diciembre de 2019, aprobó los valores de los cargos por el uso del Sistema de Distribución de 22 kV, 15 kV y 6,4 kV de energía eléctrica correspondientes al año 2019;

   V) que los Decretos Nos. 81/020 y 82/020, ambos de 28 de febrero de 2020, aprobaron las remuneraciones reconocidas anuales para las instalaciones de los Sistemas de Trasmisión, de Subtrasmisión y de Distribución de 22 kV, 15 kV y 6,4 kV de energía eléctrica y los cargos por el uso de dichos sistemas correspondientes al año 2020 y hasta que se aprueben los nuevos valores;

   VI) que la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (URSEA) calculó las remuneraciones reconocidas anuales para las instalaciones de los Sistemas de Trasmisión, de Subtrasmisión y de Distribución de 22 kV, 15 kV y 6,4 kV de energía eléctrica y los valores de los cargos unitarios para los usuarios correspondientes al año 2021;

   CONSIDERANDO: que corresponde disponer la actualización de las remuneraciones reconocidas anuales para las instalaciones de los Sistemas de Trasmisión, de Subtrasmisión y de Distribución de 22 kV, 15 kV y 6,4 kV de energía eléctrica y de los valores de los cargos por el uso de dichos Sistemas para el año 2021, que regirán desde la publicación de este Decreto en el Diario Oficial;

   ATENTO: a lo expuesto, y lo dispuesto en los artículos 15 y 17 de la Ley N° 16.832, de 17 de junio de 1997;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Apruébanse los siguientes valores de las remuneraciones reconocidas anuales para las instalaciones de los Sistemas de Trasmisión, de Subtrasmisión y de Distribución de 22 kV, 15 kV y 6,4 kV de energía eléctrica:

   Trasmisión - Remuneración a regir en 2021 (base diciembre 2016) 

Subetapas
Estaciones $
Líneas $
Total $
Red de 500 kV
881.968.175
1864.097.012
2.746.065.188
Transmisión 500/150 kV
800.901.429
0
800.901.429
Red de 150 kV
1.183.094.922
3.196.511.395
4.379.606.318
Transmisión 150/60/30 kV y secciones de salidas en 63 y 31,5 kv
2.181.480.497
0
2.181.480.497
Instalaciones de conexión de generadores y de consumidores conectados en 150-500 kV, y en 63-31,5 kV en las estaciones de 150 kV
385.562.820
58.983.684
444.546.504
TOTAL
5.433.007.844
5.119.592.092
10.552.599.936
Subtrasmisión - Remuneración a regir en 2021 (base diciembre 2016)
Subetapas
Estaciones $
Líneas $
Total $
Líneas y cables 31,5-63 kV
356.739.394
3.046.599.250
3.403.338.644
Transformación 31,5-63/6,4-15 kV y secciones de salida en 6,4-15 kV
2.755.725.590
0
2.755.725.590
Instalaciones de conexión de generadores y de consumidores conectados en 31,5 kV-63 kV
240.108.167
0
240.108.167
TOTAL
3.352.573.150
3.046.599.250
6.399.172.400
Distribución 22 kV, 15 kV y 6,4 kV - Remuneración a regir en 2021 (base diciembre 2017)
Subetapas
Estaciones $
Líneas $
Total $
Líneas aéreas y cables
10.242.156.484
0
10.242.156.484
Equipos de MT
2.487.250.975
0
2.487.250.975
Subestaciones transformadoras MT/BT
0
2.666.944.763
2.666.944.763
TOTAL
12.729.407.459
2.666.944.763
15.396.352.221

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).

Artículo 2

   Apruébanse los siguientes valores de los cargos por el uso del Sistema de Trasmisión de energía eléctrica, de los cargos por el uso del Sistema de Subtrasmisión de energía eléctrica y de los cargos por el uso del Sistema de Distribución de 22 kV, 15 kV y 6,4 kV de energía eléctrica.

Vigencia
2021
Cargos de Transmisión
Año vigencia
2021
Peajes Demandas en 500 kV
$/kV.mes
Cargo Pmax
122,29
Peajes Demandas en 150 kV
$/kV.mes
Cargo Pp
296,48
Cargo (Pfp-Pp)
163,13
Exportaciones ocasionales
$/MWh
Exportaciones en 500 kV
167,52
Exportaciones de 150 kV
406,14
Cargos de Subtrasmisión
Año de vigencia
2021
Cargos por uso de red
$/kW.mes
Cargo Pcp
385,11
Cargo PcII
288,04
Cargo Pcv
49,45
Cargo fijo
$/mes
Cargo fijo
5790,50
Vigencia
2021
Cargos de Distribución 22 kV, 15kV
y 6,4 kV
Año de vigencia
2021
Cargo por uso de red
$kW.mes
Cargo Pcp
841,75
Cargo Pcll
707,46
Cargo Pcv
165,48
Cargo por pérdida de energía
$/kWh
CEMT
0,22
Cargo fijo
$/mes
CF
4694,58

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).

Artículo 3

   Los valores aprobados regirán desde la publicación de este Decreto en el Diario Oficial y hasta nueva aprobación, y no se aplicarán a las transacciones ejecutadas con anterioridad a esa fecha.

Artículo 4

   Comuníquese, publíquese y, cumplido, archívese.

   LACALLE POU LUIS - OMAR PAGANINI - AZUCENA ARBELECHE
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