REGLAMENTACION DE LA LEY 15.737 RELATIVO A LA LEY DE AMNISTIA




Promulgación: 27/06/1985
Publicación: 04/07/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 1509
Reglamentario/a de: Ley Nº 15.737 de 08/03/1985 artículos 12, 13 y 14.

Artículo 5

   Los inmuebles serán entregados, previo inventario detallado en el que
conste su estado actual, a la persona que acredite su derecho a la
tenencia del bien.

   En todo caso la entrega se verificará bajo recaudo en el que conste el
estado de los bienes y será firmado por el receptor y el funcionario
interviniente.
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