EXTENSION DE PLAZO PARA LA REDISTRIBUCION DE FUNCIONARIOS DE PLUNA




Promulgación: 09/08/2012
Publicación: 14/08/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 458
VISTO: la situación de determinados funcionarios del Ente Autónomo
Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea (PLUNA).

RESULTANDO: I) Que se trata de funcionarios que se encuentran amparados en
el régimen especial creado por las resoluciones del Poder Ejecutivo Nros.
1076/99 del 23 de noviembre de 1999 y de Primeras Líneas Uruguayas de
Navegación Aérea (PLUNA) N° 13.683 del 25 de noviembre de 1999.

II) Que el referido régimen especial rigió hasta el 27 de junio de 2005 y
fue prorrogado por Resolución del Directorio del Ente N° 14.838 del 1° de
junio de 2005 hasta el 27 de junio de 2007, hasta el 27 de junio de 2008
por Decreto N° 200/007 del 11 de junio de 2007 y Resolución del Directorio
del Ente N° 15.074 del 13 de junio de 2007, Decreto del 26 de junio de
2008 y Resolución N° 15.259 de 27 de junio de 2008 y Decreto del 26 de
junio de 2009 y Resolución N° 15.446 de 10 de julio de 2009, Decreto del
23 de junio de 2010 y Resolución N° 15.655 del 10 de setiembre de 2010 y
posteriomente por Decreto del 25 de julio de 2011 y Resolución N° 15.818
del 29 de julio de 2011.

CONSIDERANDO: I) Que, disponiendo el régimen original y su prorroga el
derecho de los funcionarios a ser redistribuidos en el ámbito de la
Administración Pública y al amparo de las normas legales aplicables,
corresponde al Poder Ejecutivo el dictado de las medidas pertinentes para
su ejecución.

II) Que, asimismo se considera conveniente extender dicha prórroga hasta
el 27 de junio de 2015, siendo aplicable para el caso lo dispuesto por los
artículos 16 a 34 de la Ley N° 18.719 del 27 de diciembre de 2010
sustitutivo del régimen de la Ley N° 16.127 de 7 de agosto de 1990.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Artículo
168, Numeral 4 de la Constitución de la República.

                      El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Extiéndese hasta el 27 de junio de 2015 el régimen especial de
redistribución previsto por la resolución del Poder Ejecutivo N° 1076 del
23 de noviembre de 1999, siendo aplicable a tales efectos el mecanismo
establecido en los artículos 15 a 36 de la Ley N° 18.719 de 27 de
diciembre de 2010, en cuanto no se oponga a lo dispuesto en el artículo 42
de la Ley N° 16.320 de 1° de noviembre de 1992 y el Decreto N° 525/996 de
31 de diciembre de 1996, alcanzando tanto a funcionarios titulares de
cargos presupuestales como contratados bajo el régimen de contrato de
función pública permanente. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 348/012 de 25/10/2012 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 255/012 de 09/08/2012 artículo 1.
Referencias al artículo

JOSÉ MUJICA - ENRIQUE PINTADO - FERNANDO LORENZO
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