VISTO: la iniciativa planteada por el actual "Departamento de
Vigilancia" de la Dirección de Investigaciones de la Jefatura de Policía
de Montevideo a fin de que se modifique su denominación.
RESULTANDO: que desde tiempo atrás el hoy denominado "Departamento de
Vigilancia", creado por el Decreto Nº 878/971 de 28 de diciembre de 1971,
comenzó a atender delitos que no estaban dentro de la competencia, a vía
de ejemplo, delitos de extorsión, amenazas de bombas, amenazas
telefónicas y averiguaciones de paraderos.
CONSIDERANDO: que el nombre "Departamento de Vigilancia" lleva a
confusión al público por lo que en definitiva, y teniendo en cuenta la
experiencia de otros policías del MERCOSUR, se estima conveniente
designarlo como "Departamento de Delitos Complejos".
ATENTO: a lo dictaminado por el Departamento Jurídico del Ministerio
del Interior;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
MODIFICASE el Capítulo III, Sección Quinta del Decreto Nº 878/971 de 28
de diciembre de 1971 en cuanto a que el llamado "Departamento de
Vigilancia" se denominará "Departamento de Delitos Complejos".