RECURSOS VIVOS ACUATICOS - PROTECCION DE ESPECIES DE AVES MARINAS




Promulgación: 23/07/1997
Publicación: 01/08/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1997
  •    Página: 199
Referencias a toda la norma

Artículo 5

  Durante el calado de los palangres y como forma de impedir el
acercamiento de las aves a la carnada, deberá procederse al arrastre de
una línea de espantapájaros, la que deberá ser confeccionada de acuerdo
con las especialidades técnicas que establezca el Instituto Nacional de
Pesca a esos efectos.
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