CREACION DEL FIDEICOMISO DE ADMINISTRACION DENOMINADO "FIDEICOMISO DE AERONAVES LEY 18.931"




Promulgación: 30/07/2012
Publicación: 01/08/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 386
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.931 de 17/07/2012.
Referencias a toda la norma

Artículo 4

 El Fideicomiso tendrá los cometidos que se establecen a continuación, sin
perjuicio de los que surjan de las Leyes N° 17.703 y N° 18.931, así como
de su propio acto de constitución:
A)     Celebrar con PLUNA S.A. un contrato de enajenación de los activos
gravados con derechos reales de garantía (Bienes Fideicomitidos) que
consisten en siete aeronaves Bombardier CRJ 900, modelo CL-600-2 D24 que
fueron adquiridas por PLUNA S.A. de Bombardier Inc de Canadá, matrículas
CX CRA, CX CRB, CX CRC, CX CRD, CX CRE, CX CRF y CX CRG, los cuales se
encuentran hipotecados a favor de PLUNA Ente Autónomo, según instrumentos
de fechas 25 de julio de 2008 (inscripto en el Registro de la Propiedad,
sección mobiliaria, aeronaves, el 31 de julio de 2008 con el número 45), 5
de febrero de 2009 (inscripto en el Registro de la Propiedad, sección
mobiliaria, aeronaves, el 6 de febrero de 2009 con el número 7) y
declaratoria de 27 de mayo de 2009 (inscripta en el mencionado registro el
29 de mayo de 2009, con el número 23).
B)     Asumir los pasivos de PLUNA S.A. frente a sus acreedores por la
adquisición de las aeronaves referidas en el literal anterior, cuyos
créditos originales, o las garantías otorgadas por terceros por el pago de
dichos créditos se encontraran garantizados o contragarantizados por los
Bienes Fideicomitidos.
C)     Subastar extrajudicialmente, en forma pública, los bienes
adquiridos, en las condiciones establecidas por la ley y la
reglamentación.
D)     Cancelar los pasivos asumidos a los que refiere el inciso tercero
del artículo 1° de la Ley N° 18.931, transfiriendo el excedente, si lo
hubiere a PLUNA S.A. como Beneficiario residual, una vez deducidos los
gastos del Fideicomiso.
E)     Conservar los Bienes Fideicomitidos y los contratos de leasing que
asuma, realizando el mantenimiento requerido para los mismos, los actos
necesarios para conservar las matrículas y registros que aseguren su
capacidad de vuelo, y todo otro acto y/o contrato requerido para su
conservación. Con autorización del Fideicomitente podrá extender dicho
mantenimiento a otros bienes o derechos de PLUNA S.A.
F)     Contratar los servicios necesarios para realizar el mantenimiento
de los Bienes Fideicomitidos y los contratos de leasing, así como los
restantes actos conservatorios establecidos en el literal anterior.
G)     Mantener los permisos, autorizaciones, seguros y demás derechos
requeridos por la normativa vigente para las aeronaves y sus
tripulaciones.
H)     Obtener las matrículas y autorizaciones necesarias para disponer,
movilizar y operar los bienes fideicomitidos.
I)     Asumir total o parcialmente, sujeto a la autorización del
Fideicomitente, los contratos de leasing de aeronaves de los cuales PLUNA
S.A. es parte, en las condiciones de la autorización recibida.
J)     Desarrollar todas las actividades conexas con las anteriores, que
resulten necesarias para el cumplimiento de sus cometidos, asumiendo los
costos que conlleven las mismas.
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