CREACION DEL FIDEICOMISO DE ADMINISTRACION DENOMINADO "FIDEICOMISO DE AERONAVES LEY 18.931"




Promulgación: 30/07/2012
Publicación: 01/08/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 386
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.931 de 17/07/2012.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 El Beneficiario Principal del Fideicomiso será el Estado uruguayo,
actuando a través de los Ministerios de Economía y Finanzas y de
Transporte y Obras Públicas. El remanente del Fideicomiso, según lo
establecido en el artículo 1° inciso final de la Ley N° 18.931 será
transferido a PLUNA S.A. como Beneficiario Residual, deducidos los gastos
incurridos por el Fideicomiso.
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