EXCEPCION A LA LIMITACION ESTABLECIDA EN EL ART. 105 DE LA LEY ESPECIAL N° 7, RELATIVA A LA PARTIDA POR COMPROMISO DE GESTION DE LA AUDITORIA INTERNA DE LA NACION




Promulgación: 11/11/2025
Publicación: 17/11/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: lo dispuesto por el artículo 220 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015;

   RESULTANDO: I) que, por el citado artículo se creó como "Incentivo" una compensación por compromisos de gestión en la Unidad Ejecutora 003 "Auditoría Interna de la Nación" del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas";

   II) que, dicha compensación se abona al personal que cumpla efectivamente funciones en el organismo, cualquiera sea su vínculo funcional, condicionado al cumplimiento de metas anuales de desempeño;

   CONSIDERANDO: que, por la naturaleza y finalidad de la referida compensación, corresponde para su debida aplicación y a efecto de evitar inequidades, exceptuar a la misma de la limitación dispuesta en el inciso primero del artículo 105 de la Ley Especial N° 7, de 23 de diciembre de 1983;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el numeral 4° del artículo 168 de la Constitución de la República;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Exceptúase la compensación por compromisos de gestión de la Unidad Ejecutora 003 "Auditoría Interna de la Nación" del Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 105 de la Ley Especial N° 7, de 23 de diciembre de 1983.

   YAMANDÚ ORSI - GABRIEL ODDONE
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