REGULACION DEL CUERPO ESPECIAL DE PREVENCION Y REPRESION DE DELITOS ECONOMICOS




Promulgación: 17/06/1985
Publicación: 22/07/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 1407

Artículo 3

  (Integración) Estará integrado por un Director designado por el Poder
Ejecutivo a propuesta del Ministro de Economía y Finanzas y se afectarán
los funcionarios que por sus condiciones se estimaren especialmente
habilitados para desempeñar cometidos de indagación de los ilícitos
previstos en la ley 14.095 ya referida y concordantes, los que se
desempeñaran sin perjuicio de sus destinos habituales.
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