CREACION DEL GABINETE SOCIAL




Promulgación: 25/07/2005
Publicación: 28/07/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 355
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 El Gabinete Social tendrá, entre otros, los siguientes cometidos:
1)      Asesorar y proponer al Poder Ejecutivo, para su consideración y
        aprobación, los planes, programas y proyectos de carácter social
        vinculados a los Ministerios que lo integran.
2)      Analizar, definir y acordar las prioridades y asignaciones
        presupuestales vinculadas al Gasto Público Social.
3)      Establecer estrategias y lineamientos de acción conjunta en
        materia de Políticas Públicas Sociales entre los diversos
        Ministerios.
4)      Articular atribuciones y campos de actuación de naturaleza
        intergubernamental entre las instancias nacionales y municipales y
        de carácter sectorial con los diferentes órganos y entes públicos.
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