FONDOS PUBLICOS EXTRAPRESUPUESTALES. SODRE




Promulgación: 20/01/1987
Publicación: 24/03/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1987
  •    Página: 17
Reglamentario/a de: Ley Nº 15.809 de 08/04/1986 artículo 385 Derogada/o.
 Visto: el proyecto de reglamentación del artículo 385 de la Ley
Presupuestal 15.809 de 8 de abril de 1986 elevado por el Consejo Directivo
del Servicio Oficial de Difusión Radiotelevisión y Espectáculos, para su
aprobación por el Poder Ejecutivo y relacionado con la distribución de
fondos previstos por el citado artículo.

Resultando: I) Remitido el citado proyecto a la Oficina Nacional del
Servicio Civil y a la Contaduría General de la Nación el mismo fue
modificado en algunos aspectos y mereció el nuevo proyecto elaborado, la
aprobación de ambas oficinas asesoras, el cual posteriormente puesto en
conocimiento del Servicio Oficial de Difusión Radiotelevisión y
Espectáculos manifestó este organismo su conformidad con el mismo;
 II) La Asesoría Letrada del Ministerio de Educación y Cultura dictaminó
su aprobación al referido proyecto con algunas modificaciones formales que
no alteran lo sustancial del mismo.

Considerando: que es necesario aprobar la referida reglamentación por
contemplar la misma las necesidades de servicio del referido organismo.

 Atento: a lo antes expuesto y a lo informado por la Oficina Nacional del
Servicio Civil, la Contaduría General de la Nación y la Asesoría Letrada
del Ministerio de Educación y Cultura,

   El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

El Servicio Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos abrirá una
cuenta especial bajo el rubro "artículo 385, Ley 15.809" en el que
depositará el 40% de los proventos generados y efectivamente cobrados.

SANGUINETTI - ADELA RETA - RICARDO ZERBINO CAVAJANI
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