VISTO: la gestión iniciada por el Ministerio de Defensa Nacional
solicitando efectuar las correcciones de errores y omisiones que se
comprobaron en la Ley Nº 17.930 de 19 de diciembre de 2005.
RESULTANDO: que del análisis del planillado anexo a la Ley de Presupuesto,
se constató insuficiencia de crédito en los créditos asignados a varios
objetos de gasto correspondientes a varias Unidades Ejecutoras del Inciso
gestionante, a la vez que en otras Unidades existía sobrante de crédito en
los mismos objetos que de acuerdo a las primas por quebranto de caja
otorgadas por Resolución de Poder Ejecutivo, se constató que se cometió
error al presupuestar el importe correspondiente a la Unidad Ejecutora 018
"Comando General de la Armada".
CONSIDERANDO: que es necesario efectuar las correcciones del referido
error.
ATENTO: a lo informado por la Contaduría General de la Nación, la
aprobación de la Asamblea General, y a lo dispuesto por el artículo 4º de
la Ley Nº 17.930 de 19 de diciembre de 2005.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Modifícase en el planillado anexo a la Ley Nº 17.930 de 19 de diciembre
de 2005, los créditos asignados al Inciso 03 "Ministerio de Defensa
Nacional", en la financiación 1.1 "Rentas Generales", para los ejercicios
2007 a 2009, valores 1/1/2005, según el siguiente detalle:
ALTA BAJA
PROG. U.E. OBJETO IMPORTE PROG. U.E.
001 003 042.067 103.641 006 033
001 003 048.012 8.161 001 001
002 004 042.014 169.434 001 001
002 004 042.067 822.869 006 033
002 004 043.004 705.740 004 023
002 004 081 3.163.221 001 001
003 018 042.019 29.379 004 023
003 018 042.067 807.913 006 033
003 018 043.004 652.859 004 023
003 018 048.015 163.215 004 023
004 023 042.014 240.742 001 001
006 033 042.014 800.962 009 039
006 033 048.012 19.297 001 001
007 035 041.008 24.289 001 001
005 041 048.017 2.207 002 004
005 041 048.018 748 004 023
005 041 081 9.421 003 018
005 041 082 498 003 018
002 004 042.023 55.658
002 004 048.018 -55.658
003 018 045.005 388.427
801 001 048.017 55.658 001 001