El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 2
Considerando el valor de la Unidad Reajustable (UR) precedentemente establecido y los correspondientes a los 2 (dos) meses inmediatos anteriores, fijase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (URA) del mes de setiembre de 2025 en $ 1.834,53 (pesos uruguayos mil ochocientos treinta y cuatro con 53/100).