REGLAMENTACION DE LA LEY QUE CREA EL PROGRAMA "URUGUAY TRABAJA"




Promulgación: 23/04/2008
Publicación: 30/04/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 939
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.240 de 27/12/2007.

Artículo 4

 (Convocatoria) El Ministerio de Desarrollo Social efectuará la
convocatoria a nivel nacional para la participación en el Programa
"Uruguay Trabaja" mediante acciones de difusión pública en los medios
nacionales y departamentales, así como a través de los centros
departamentales del propio Ministerio, del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, de las Intendencias Municipales y otros organismos
públicos participantes del Programa.

También podrá efectuarse la difusión a través de sitios web.

Si la nómina de postulantes excede el cupo previsto de participantes para
el año, el Ministerio de Desarrollo Social efectuará una primera selección
por sorteo público para cubrir dicho cupo y una razonable cantidad de
eventuales suplentes, de acuerdo a las diferentes localidades y el tipo de
tareas a realizar.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 6 y 7.
Ayuda