MODIFICACION DE DISPOSICIONES REFERENTES A NORMAS SOBRE REDISTRIBUCION DE FUNCIONARIOS




Promulgación: 25/04/1979
Publicación: 17/05/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1979
  •    Página: 1273
Visto: los planteamientos formulados por varios organismos públicos
respecto a las dificultades que comporta la aplicación del artículo 13 del
decreto 550/977 de fecha 4 de octubre de 1977, reglamentario del decreto
constitucional 7/977, de 27 de junio de 1977.

Considerando: I) Que la aplicación del artículo 13 determina una
disminución en la situación jerárquica y e la remuneración ulterior de los
funcionarios redistribuidos, lo cual resulta especialmente injusto en los
casos en que la redistribución se opera por causas ajenas al funcionario;

II) Que la aplicación del mencionado artículo determina tratamientos
diferentes para las redistribuciones operadas en diferentes momentos, lo
que ha generado situaciones injustas;

III) Que nada obsta a modificar el decreto 550/977, en la medida en que no
se contravenga lo dispuesto por decreto constitucional 7/977.

Atento: a lo establecido por el decreto constitucional 7/977, de fecha 27
de junio de 1977 y por su decreto reglamentario 550/977 de 4 de octubre de
1977,

El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros

                              DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 550/977 de 04/10/1977 
artículo 13.

MENDEZ - MANUEL J. NUÑEZ - ADOLFO FOLLE MARTINEZ - VALENTIN ARISMENDI - WALTER RAVENNA - DANIEL DARRACQ - EDUARDO J. SAMPSON - ELIAS PEREZ FERNANDEZ - JOSE E. ETCHEVERRY STIRLING - ANTONIO CAÑELLAS - JORGE
LEON OTERO - FERNANDO BAYARDO BENGOA
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