ACTUALIZACION DEL REGISTRO DE TESTAMENTO Y LEGALIZACIONES. JULIO - DICIEMBRE 2004




Promulgación: 30/06/2004
Publicación: 07/07/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 1572
   VISTO: que corresponde al Poder Ejecutivo actualizar los montos del 
"Timbre Registro de Testamento y Legalizaciones" creado por la Ley Nº 
17.707, de 10 de noviembre de 2003.-

   RESULTANDO: I) que el artículo 21º de la citada Ley establece que el 
Poder Ejecutivo actualizará semestralmente su valor, en tanto su 
actualización se realizará el 1º de enero y el 1º de julio de cada año en 
función de la variación del Indice de Precios al Consumo determinado por 
el Instituto Nacional de Estadísticas en los períodos 1º de junio a 30 de 
noviembre y 1º de diciembre a 31 de mayo respectivamente.-

   II) que el Instituto Nacional de Estadísticas informa que la variación 
operada por el mencionado Indice en el período comprendido entre el 1º de 
diciembre de 2003 y el 31 de mayo de 2004 fue del 5.86% (cinco con 
ochenta y seis por ciento).-

   CONSIDERANDO: que corresponde proceder a la actualización del 
mencionado tributo.-

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo informado por el
Instituto Nacional de Estadísticas.-

   EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                        

Artículo 1

   Actualízase el valor del Timbre Registro de Testamento y
Legalizaciones creado por el artículo 21º de la Ley Nº 17.707, de 10 de 
noviembre de 2003, el que será de $ 586,oo (pesos uruguayos quinientos 
ochenta y seis), para el período comprendido entre el 1º de julio y el 31 
de diciembre de 2004.

BATLLE - ISAAC ALFIE


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