DIRECCION DE INVESTIGACIONES - DEPARTAMENTO DE AUTOMOTORES




Promulgación: 22/05/1990
Publicación: 04/07/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1990
  •    Página: 557
   Visto: el decreto 878/971, de 28 de noviembre de 1971, por el que se
establecen normas de organización y funcionamiento de la Dirección de
Investigaciones de la Jefatura de Policía de Montevideo.

   Resultando: que la Sección General del Capítulo III del citado decreto,
regula la actividad del Departamento de Hurtos y Rapiñas, perteneciente a
la referida Dirección, el que está integrado - entre otras - por la
Sección Automotores.

   Considerando: I) Que en el lapso transcurrido desde la aprobación de
aquella norma, hasta el presente, se han incrementado en grado sumo las
tareas que cumple la citada dependencia, en atención al elevado número de
ilícitos relacionados,directa o indirectamente con los vehículos
automotores;

II) Que a los efectos del mejor cumplimiento del servicio policial, en su
doble carácter preventivo-represivo, resulta conveniente la creación del
Departamento de Automotores.

   Atento: a lo informado por la Asesoría Letrada del Ministerio del
Interior,

                    El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

   Agrégase al artículo 13 del decreto 878/971, de 28 de noviembre de
1971, el siguiente literal: "F) Automotores.

LACALLE HERRERA - JUAN ANDRES RAMIREZ
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