APROBACION DE LA RESOLUCION GMC 47/07. REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR PARA PRODUCTOS DE LIMPIEZA Y AFINES. DEROGACION DE LA RES. GMC N° 10/04




Promulgación: 30/07/2014
Publicación: 06/08/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 121
VISTO: la Resolución GMC N° 47/07 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR;

RESULTANDO: que por la misma se aprobó, el documento denominado
"Reglamento Técnico MERCOSUR para Productos de Limpieza y Afines
(Derogación de la Resolución GMC N° 10/04)";

CONSIDERANDO: I) que es necesaria la armonización de los criterios para
definir, clasificar y establecer las especificaciones técnicas pertinentes
y los requisitos de rotulado de los productos destinados a la limpieza en
general;

II) que según lo dispuesto en el Artículo 38 del Protocolo Adicional al
Tratado de Asunción sobre la estructura institucional del MERCOSUR -
Protocolo de Ouro Preto - aprobado por la Ley N° 16.712 de 1° de setiembre
de 1995, los Estados Partes se comprometen a adoptar todas las medidas
necesarias, para asegurar en sus respectivos territorios el cumplimiento
de las normas emanadas de los órganos correspondiente, previstos en el
Artículo 2 del referido Protocolo;

III) que es necesario proceder de acuerdo al compromiso asumido por la
República en el Protocolo mencionado, poniendo en vigencia en el Derecho
positivo nacional las normas emanadas del Grupo Mercado Común referidas en
el VISTO;

IV) que la actualización, planteada contribuye a permitir un mayor y más
fluido relacionamiento comercial con otros países, circunstancias que
beneficia el comercio exterior de nuestro País;

V) que la citada actualización, elevada por la División Normas e
Investigación del Ministerio de Salud Pública cuenta con la aprobación del
Departamento de Alimentos, Cosméticos y Domisanitario, de la División
Evaluación Sanitaria de dicha Secretaría de Estado;

VI) que la Dirección General de la Salud del Ministerio de Salud Pública,
no realiza objeciones respecto de la internalización proyectada, por lo
que corresponde proceder en consecuencia;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en la Ley N° 9.202
- Orgánica de Salud Pública - de 12 de enero de 1934 y concordantes;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Adóptase la Resolución GMC N° 47/07 del Grupo Mercado Común del MERCOSUR,
por la cual se aprobó el "Reglamento Técnico MERCOSUR PARA PRODUCTOS DE
LIMPIEZA Y AFINES (Derogación de la Resolución GMC N° 10/04)", que se
adjunta al presente Decreto como Anexo (*) y forma parte integral del mismo.

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

JOSÉ MUJICA - SUSANA MUÑIZ - LUIS PORTO - ROBERTO KREIMERMAN
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